Los comerciantes legalmente establecidos, o sea matriculados en la Cámara de Comercio, para tener derecho a ejercer su actividad, de acuerdo con las normas de cada municipio, deben tramitar los siguientes documentos:
1. Copia del registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio.
2. Copia de la matricula de industria y comercio expedida por la tesorería municipal.
3. Paz y salvo de la tesorería municipal por el pago de impuestos municipales.
4. Patente de sanidad expedida por el servicio de salud pública.
5. Certificado del cuerpo de bomberos.
6. Certificados expedidos por las oficinas de planeación municipal y de obras públicas, de acuerdo con la actividad u objeto social del comerciante.
7. Paz y salvo de Sayco y Acinpro.
jueves, 16 de abril de 2009
Publicado por santiago en 8:37
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